El tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a R.F.M de la pena de 11 años de prisión que pedía para él el Ministerio Fiscal por un delito de abuso sexual contra la menor M.S.L, de 12 años en el momento de los hechos.
Durante el juicio, celebrado el 30 de noviembre de 2015, varios testigos declararon que pensaban que la joven tenía, al menos, 16 años, ya que su apariencia y comportamiento hacían creer que así era. La sentencia mantiene que las circustancias «no llevaron al procesado a dudar de ese dato».
Esta resolución considera acreditadas «más de una relación sexual» entre la denunciante y el acusado, así como la concurrencia en el inculpado de un error de tipo, que excluye la responsabilidad criminal. Esta figura jurídica por la que quedaría absuelto hace referencia a que R.F.M desconocía que M.S.L era menor de trece años, el límite de edad legal a partir del cual es válido el consentimiento para relaciones sexuales.
La sentencia condena a R.F.M al pago de una indemnización de 2000 € por daños morales, a pesar de que «de los informes psicológicos resulta que los hechos enjuiciados no han repercutido emocionalmente» en la joven.